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Lunes, 07 de febrero de 2011   |  Número 17
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PARLAMENTO VASCO
ABRE EL DEBATE SOBRE SU CONSUMO EN CAMPOS DE FÚTBOL
Aprobada la ley antitabaco, sin las restricciones más polémicas
El texto recibe el visto bueno de todos los grupos -PNV, PSE-EE, PP, Aralar, EA y EB- salvo UPyD

Redacción. Vitoria
La Ley antitabaco vasca, aprobada por el Parlamento autonómico, plantea la posibilidad de limitar el consumo de tabaco en campos de fútbol e instalaciones deportivas al aire libre, al establecer que en este tipo de espectáculos "sólo se podrá fumar en el espacio o localidades especialmente habilitados para ello".

Mikel Unzalo, preside la
comisión que ha elaborado la reforma de la ley.

El texto ha recibido el visto bueno del pleno de la Cámara con el apoyo de todos los grupos -PNV, PSE-EE, PP, Aralar, EA y EB- salvo UPyD al grueso de su articulado. La ley es de contenido similar a la norma estatal, que entró en vigor el pasado 1 de enero, al haberse eliminado algunas de las restricciones más polémicas previstas inicialmente, como la que prohibía fumar en vehículos con menores de edad.

Una de las diferencias respecto a la normativa estatal consiste en un matiz introducido al apartado referido al consumo de tabaco en instalaciones deportivas o lugares en los que se desarrollen espectáculos deportivos. En la ley aprobada en el Congreso de los Diputados se permite fumar de forma genérica en estos espacios cuando se encuentren al aire libre.

La ley vasca prohíbe consumir tabaco en estos lugares, aunque se encuentren al aire libre, cuando las actividades desarrolladas en ellos estén dirigidas, prioritariamente a menores de edad. Además, añade que cuando estas actividades "se encuentren al aire libre y no se desarrollen actividades prioritariamente dirigidas a menores, sólo se podrá fumar en el espacio o localidades especialmente habilitados para ello".

La directora de Drogodependencias del Gobierno vasco, Celina Pereda, ha rechazado que este punto suponga la prohibición de fumar en recintos deportivos como campos de fútbol que no acoten zonas especiales para fumadores. En este sentido, ha asegurado que de esta forma "se abre la posibilidad a tener el debate", tras lo que ha añadido que "una ley no es para que una costumbre se modifique de un día a la mañana".

Desde el Ejecutivo se ha añadido que los clubes o dueños de la instalación correspondiente pueden optar por habilitar todo el campo para el consumo de tabaco. Algunos grupos parlamentarios han coincidido con esta interpretación. No obstante, no se ha despejado la duda de cuál será el procedimiento o la medida concreta que deberá tomarse para llevar a cabo esta habilitación, es decir, si será necesario instalar carteles o adoptar una decisión administrativa específica.

Al margen de este punto, el conjunto de la norma -denominada formalmente 'Ley de tercera modificación de la Ley sobre Prevención, Asistencia e Inserción en materia de Drogodependencias_es similar a la ley estatal. Esto se debe a que la norma autonómica no incluirá finalmente algunas de las restricciones más polémicas que se habían previsto inicialmente, como la prohibición de fumar en coches en los que viajen menores o de vender tabaco en gasolineras.

La prohibición de consumir tabaco en establecimientos hosteleros --así como el resto de las restricciones para fumadores previstas en la ley española-- está vigente en el País Vasco, al igual que en el resto del territorio estatal, desde el pasado 1 de enero, cuando entró en vigor la ley aprobada el pasado mes de diciembre en el Congreso de los Diputados.

Impacto

Además, la norma establece el compromiso de que el Ejecutivo evalúe el impacto económico de la ley sobre el sector hostelero una vez transcurrido un año desde su entrada en vigor. Este compromiso conlleva que el Gobierno vasco vaya a compensar económicamente a los empresarios que adaptaron sus locales a la normativa anterior, con el fin de separar las áreas de fumadores y no fumadores.

Otra de las novedades se incorporará a la ley establece que el Gobierno vasco promueva el desarrollo de programas sanitarios para deshabituación tabáquica, en especial en Atención Primaria.

Inspección

Otra modificación plantea que se permita la venta de puros de forma individual, de forma que no tengan que ser comercializados obligatoriamente en paquetes de varias unidades. El documento no prevé una regulación específica sobre sociedades gastronómicas, de forma que en este campo no habrá diferencias respecto a la normativa estatal.

Por otra parte, el texto establece que las labores de inspección de la ley recaerán exclusivamente en las unidades de inspección del Gobierno vasco. De esa forma, se ha suprimido el apartado que en el proyecto de ley que habilitaba a la Ertzaintza y a las policías locales para desempeñar también los trabajos de inspección y control del cumplimiento de la normativa.

Desde el Ejecutivo se ha informado además de que un estudio elaborado sobre 500 bares, 65 hoteles, 65 salas de juego y 20 frontones indica que el grado de cumplimiento de la normativa estatal desde el pasado 1 de enero está siendo muy elevado.

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